Regl. 9556, art. XXI-7
Reuniones pre-propuestas
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Cite as Reglamento Núm. 9556, Art. XXI-7
El (La) Gerente de Administración y Finanzas o el (la) Gerente de Urbanismo e Infraestructura, según
corresponda, podrá convocar una o más reuniones pre-propuestas para ofrecer información adicional y/o
aclarar dudas relacionadas con la SDP, no menos de cinco (5) días laborables antes de la fecha límite fijada
para la entrega de propuestas.