Regl. 9558, art. 10.01
Reglas Generales
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Cite as Reglamento Núm. 9558, Art. 10.01
A. Las reglas de juego del BCA serán las disposiciones de este Reglamento y de manera
suplementaria, las que rigen la "Major League Baseball" (MLB).
B. Todo asunto no contemplado por el presente Reglamento 0 la "Major League
Baseball" (MLB) será decidido y adjudicado por el Presidente en primera instancia y por
el Secretario en última instancia. Sin perjuicio de los procedimientos de apelación 0
revisión que se reconocen en este Reglamento.
C. No se permitirá a ningún participante del equipo tomar 0 consumir bebidas
alcohólicas, ni sustancias controladas en el transcurso O en el intermedio del juego. De
comprobarse mediante informe del árbitro u oficiales del DRD, el participante será
suspendido:
1. En primera instancia por ocho (8) juegos.
2. Por segunda instancia, será suspendido por el resto del Torneo, debiendo
mostrar causa por la cual no deba ser suspendido por un término mayor.
a. Es responsabilidad de los apoderados velar por el cumplimiento de esta
disposición. De probarse que un apoderado, co-apoderado O dirigente
permitió a un jugador violar esta regla, será suspendido hasta por una
(1) temporada de Torneo.
D. Todos los participantes necesitan tener debidamente cumplimentado el convenio con
la firma del Coordinador Regional y la firma del Presidente.
E. Aquellos Participantes que no aparezcan en el "line up card" de un juego y el
"Roster", no podrán participar en dicho partido bajo circunstancia alguna.
1. De probarse que un participante jugó sin estar en el "line up card" y el "Roster",
el dirigente contrario tiene que protestar el juego. Serán confiscados mediante
protesta sometida por el apoderado a la Liga, según lo establece el
Reglamento.
F. Los apoderados podrán sustituir en cualquier momento al dirigente 0 a los
entrenadores durante la Serie Regular, Serie Regional, incluyendo el Carnaval de
Campeones. Ninguno de éstos podrá ser de equipos eliminados.
G. Cualquier participante que trate de incitar al público contra el árbitro, será expulsado
del partido. Si un juego se suspende debido a que el árbitro considere que peligra su
seguridad, por indisciplina de cualquier participante del equipo 0 por ser el partido
retrasado intencionalmente, el equipo no podrá utilizar su parque, teniendo que jugar
como visitante todos los restantes juegos del Torneo, hasta que pueda garantizar la
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seguridad en su parque. El Coordinador Regional citará a una vista administrativa al
participante y, de entenderlo necesario, lo suspenderá por el resto del Torneo.
H. Si un juego se suspende por inclemencias del tiempo u otras situaciones ajenas a la
voluntad o fuera del control del equipo local, antes de iniciada la quinta (5ta.) entrada,
independientemente sea el juego de siete (7) o nueve (9) entradas, al ser reasignado se
reanudará en idénticas condiciones existentes al momento de ser oficialmente
suspendido.
1. Esto aplicará a cualquier fase del Torneo.
2.
Una vez comenzado el juego el árbitro principal es el único funcionario que
puede suspender el juego, antes de comenzar es el Coordinador Regional
el único autorizado a suspender un juego.
I. Si un juego se suspende luego de iniciada la quinta (5ta.) entrada, tanto en juegos de
siete (7) como de nueve (9) entradas, por situaciones ajenas a la voluntad 0 fuera del
control del equipo local, tales como, pero no limitados a inclemencias del tiempo, será
declarado válido (reglamentario), de no existir condiciones apropiadas para ser
arreglado el terreno en el tiempo determinado por el árbitro. Si el equipo local está
ganando tiene que terminar por los menos cuatro (4) entradas y medio para que sea
válido, si el local está perdiendo hay que terminar la quinta (5ta.) entrada para que
sea válido.
1. De existir un empate luego de iniciarse la quinta (5ta.) entrada y, en caso de
suspensión, se reanudará el partido en idénticas condiciones existentes al
momento de ser oficialmente suspendido.
2. Lo establecido en el presente inciso no se aplicará en los juegos celebrados
durante las Series Seccionales, Campeonatos Regionales, el Carnaval de
Campeones ni la Serie Final Nacional.
J. En las Series de Campeonatos Regionales, Carnaval de Campeones y Serie Final
Nacional todo juego comenzado que sea suspendido, independientemente de las
razones por las que se suspendió, deberá ser reasignado y completado en su totalidad,
independientemente de la entrada en que se encontraba el juego.
K. El Coordinador Regional o cualquier oficial autorizado del DRD tiene la facultad para
presentar una querella ante el Presidente por cualquier violación a este Reglamento 0 de
las normas, reglas u órdenes administrativas o boletines que se establezcan; asimismo
sobre cualquier participante que incurra en cualquier acto dentro 0 fuera del terreno de
juego y que vaya en contra de los mejores intereses del Torneo.
L. Todo jugador que sea licenciado por un equipo tendrá que devolver el uniforme
completo 0 en su lugar pagar el costo de este dentro de los diez (10) días posteriores a
la fecha del licenciamiento. Esta entrega, de ser necesario, se realizará en la oficina del
Coordinador Regional. De no cumplir con este requisito, será suspendido por un (1)
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Torneo adicional al Torneo en curso.
M. El Presidente podrá discrecionalmente autorizar, luego de ser evaluada, la sustitución
de cualquier jugador imposibilitado de participar por muerte, servicio militar 0 que firme
en el béisbol profesional, siempre y cuando, presente la evidencia contundente al
momento de solicitar su cambio.
1. Esta cláusula aplicará hasta el día que oficialmente se determine el comienzo
del Carnaval de Campeones.
2. El jugador sustituido permanecerá como reserva activa por la duración del
Torneo en que ocurrió la sustitución y, de ser necesario, por el próximo Torneo.
3. El equipo que desee extender el término de su reserva activa para temporadas
adicionales, deberá hacerlo mediante solicitud escrita al Presidente, quien
podrá aprobar prórrogas de esta reserva, según convenga a los mejores
intereses del Torneo y, al balance competitivo del mismo.
4. Estos jugadores no podrán ser sustituidos por jugadores que hayan participado
en el BCA durante la misma temporada, ni por jugadores de ligas superiores
aficionadas, ni ligas profesionales.
N. El apoderado 0 co-apoderado que someta cualquier documento fraudulento:
1. Será suspendido por un mínimo de diez (10) juegos, hasta un máximo de veinte
(20) juegos, previa celebración de vista.
O. Cuando el dirigente desee "embasar" a un bateador, se lo anunciará al árbitro
principal y este lo enviará a primera base.
P. Todo equipo visitante que al concluir cuatro y media (4 1/2) entradas en juegos de siete
(7) entradas, y cinco y media (5 1/2) entradas en juegos de nueve (9), este en desventaja
de diez (10) carreras, perderá el juego por "Knockout". Cuando se aplique esta regla al
equipo local, deberá estar en la desventaja señalada al concluir la quinta (5ta.) entrada
en juegos de siete (7) entradas o al concluir la sexta (6ta.) entrada en juegos de nueve
(9) entradas.
1. Esta disposición no se aplicará en la Serie del Carnaval de Campeones.
Q. No se permitirá bajo ninguna circunstancia que participante alguno de un equipo
ejerza como árbitro en algún partido del BCA.
1. Si se determina que hubo violación a esta regla, el involucrado será suspendido
de toda participación del Torneo por una (1) temporada.
a. Además, se confiscarán todos los juegos en que participó sin que medie
protesta alguna.
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2. De igual forma ningún árbitro podrá convertirse en jugador, apoderado, coapoderado, dirigente, entrenador O mascota durante el mismo Torneo.
R. El apoderado y el co-apoderado tienen la responsabilidad de mantener el orden y
disciplina de los participantes y los fanáticos cuando actúa como local, además tiene que
custodiar la seguridad de los árbitros u otros representantes del DRD. De ocurrir algún
incidente que atente contra la seguridad de cualquiera de los antes mencionados, la
franquicia será suspendida de la comunidad que representa, hasta por tres (3)
temporadas.
S. Toda multa impuesta en virtud del presente Reglamento será pagada dentro del
término de tres (3) días laborables mediante entrega al Coordinador Regional, de un giro
0 cheque certificado, a nombre del Secretario de Hacienda y sometido en la Oficina de
Finanzas del Departamento.
1. El incumplimiento del inciso "S" conllevará el aumento de la multa impuesta al
doble y se le dará un término adicional de tres (3) días laborables. De incumplir
con el pago de la multa una vez vencido el término, se procederá a confiscar los
partidos en los cuales participó el equipo y dicha multa no fue pagada.
T. Cuando surja durante un partido una protesta sobre un bate alterado 0 ilegal, el árbitro
deberá examinar el mismo y procederá a marcarlo y a sacarlo del partido haciéndole
entrega del bate a un funcionario de la liga de BCA.
1. De estar presente un oficial del BCA el bate será entregado a éste para que lo
custodie, de no existir un oficial del BCA, el custodio lo será el árbitro principal.
2. Se podrá objetar un solo bate por partido por equipo.
3. Cualquier jugador que desee utilizar el bate en controversia, deberá solicitarlo al
custodio y lo devolverá a éste una vez termine su turno al bate.
4. Cualquier jugador o equipo que luego de la protesta utilice el bate, estará sujeto
a las sanciones correspondientes luego de certificarse que el bate no cumple con
lo establecido en este Reglamento o lo dispuesto por el Presidente.
5. Solamente se puede utilizar bates que sean cien por ciento (100%) de madera.
6. Antes de proceder a mutilar el bate, el equipo que protesta tiene que cumplir con
los requisitos establecidos de la misma y someter la fianza por el costo del bate.
U. Todo Participante que esté fungiendo de "Coach" en las líneas está obligado a utilizar
casco protector. De no utilizarlo, previa advertencia del árbitro será expulsado del juego.
V. Todos los Apoderados tienen que cumplir con todos los compromisos promocionales
que contraiga el BCA y que sean de beneficio para el BCA. De no hacerlo así será
sancionado:
39.
1. La primera vez con una multa no mayor de trescientos ($300.00) dólares.
2. De incurrir en una segunda falta, se le aplicará una multa no mayor de
seiscientos ($600.00) dólares.
3. Una tercera, conllevará una multa no mayor de novecientos ($900.00)
dólares y la expulsión del Torneo en calendario.
W. El dirigente o el entrenador tendrá derecho a tres (3) visitas al lanzador durante el
partido. De realizar una cuarta visita vendrá obligado a retirar al lanzador. La remoción
del lanzador no se entenderá como una visita.
X. El Receptor puede entrar solamente una (1) vez por entrada a visitar al lanzador y si
entra en dos (2) ocasiones en la misma entrada, el dirigente está obligado a retirar al
lanzador.
Y. Cualquier intento de evadir o burlar esta regla por parte del dirigente o el entrenador,
yendo al receptor o a otro jugador del cuadro, que luego va al montículo a hablar con el
lanzador, será igualmente considerado como una visita al montículo.
Z. En caso de terminada la séptima (7ma) entrada y el juego se encuentre empatado,
durante la temporada regular entrará en vigor la regla del "Tie Break" a partir de la octava
(8va) entrada donde se comenzará con un corredor en segunda base. AI corredor que le
corresponderá comenzar en segunda base será el jugador que antecede al bateador que
va a consumir el turno al comenzar la entrada.
AA. Cuando un lanzador entra en calidad de relevista, se verá obligado a enfrentar a
tres (3) bateadores en la misma entrada para poder ser removido del partido. Del
lanzador terminar la entrada sin haber enfrentado a tres (3) bateadores, no estará
obligado a comenzar la siguiente entrada. Pero de comenzar la próxima entrada estará
obligado a enfrentar a los tres (3) bateadores.
BB. Toda multa impuesta bajo lo establecido en este Reglamento tiene que ser pagada
a nombre del Secretario de Hacienda y sometido en la Oficina de Finanzas del
Departamento.
CC. El desconocimiento de este Reglamento no lo exime de la responsabilidad que
conlleva haber violado el mismo.