Regl. 9558, art. 12.01
Series de Campeonatos Regionales
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Cite as Reglamento Núm. 9558, Art. 12.01
A. El formato e itinerario a utilizarse en esta Serie Seccional y Regional será anunciado
por el Presidente antes de finalizar la serie regular.
B. El horario de los juegos en esta Serie será establecido en primera instancia en mutuo
acuerdo entre los apoderados y el Coordinador Regional, teniendo que ser aprobado por
el Presidente. De no haber ese mutuo acuerdo, el día y hora de los juegos será
establecido por el Presidente.
C. Los juegos de estas series se realizarán en parques que cumplan con todos los
requisitos que se exponen a continuación:
1. Medidas mínimas del terreno de juego: doscientos noventa pies (290') por la línea
del "Right Field"; doscientos noventa pies (290') por la línea del "Left Field"; y
trescientos setenta pies (370') por el "Center Field".
2. Facilidades del Parque: Capacidad mínima de quinientos (500) fanáticos, "Dugouts",
servicios sanitarios, área para transmisiones (radial y T.V.), cantina y alumbrado
(postes) fuera del terreno de juego. Todo lo anterior en excelentes condiciones.
Estacionamiento, área segura para los árbitros dentro 0 en la cercanía del parque, y
la distancia mínima entre el "Home Plate" y la verja "Back Stop" debe ser mínimo de
dieciocho pies (18').
3. El parque que no cumpla con los requisitos de los incisos anteriores no puede ser
utilizado y el equipo local está obligado a utilizar un parque alterno.
D. De ser necesario un juego decisivo en esta serie, se llevará a cabo a nueve (9)
entradas y se aplicarán las reglas establecidas en el Artículo-10.01 Reglas Generales.
E. En esta etapa del Torneo se aplica la regla del "Knockout".
F. El Presidente tomará las medidas necesarias en esta etapa velando por el buen
funcionamiento del BCA y de la Serie basado en su mejor criterio. Las mismas serán
notificadas a todos los equipos concernidos por escrito O de manera verbal.
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