Regl. 9558, art. 13.01
Elección y Deberes de los Participantes
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Cite as Reglamento Núm. 9558, Art. 13.01
A. Todos los seleccionados para el Juego de Estrellas Nacional serán escogidos a base
de las estadísticas presentadas y evidenciadas por los apoderados de la Liga durante
el transcurso de toda la Serie Regular.
1. El Presidente podrá determinar espacios adicionales de los equipos
representativos de los municipios sede. Los participantes serán escogidos a base de
las estadísticas oficiales.
a. Si el Torneo está en coordinación con las fechas establecidas por el Presidente,
él aprobará la celebración de un juego de estrellas de sección contra sección 0
entre regiones.
b. Aquellos participantes elegidos para el Juego de Estrellas que no asistan al
mismo sin ser excusados, serán suspendidos por dos (2) juegos consecutivos. La
solicitud para ser excusado será presentada ante el Presidente.