Regl. 9558, art. 14.04
Pago de Derechos
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Cite as Reglamento Núm. 9558, Art. 14.04
A. Toda radicación de protesta, revisión, apelación o reconsideración tiene que venir
acompañada, como requisito jurisdiccional, de un cheque certificado 0 giro, esto es
por concepto del pago, a nombre del Secretario de Hacienda y sometido en la Oficina
de Finanzas del Departamento, como sigue:
55.
1. Revisión de Decisiones del Coordinador Regional Ciento cincuenta ($150.00)
dólares.
2. Radicación de Protesta en Temporada Regular Doscientos cincuenta ($250.00)
dólares.
3. Radicación de Protesta en Series Regionales O Carnaval de Campeones
Trescientos cincuenta ($350.00) dólares.
4. Apelación ante el Oficial Examinador Cuatrocientos cincuenta ($450.00) dólares.
5. Reconsideración ante el Secretario Quinientos cincuenta ($550.00) dólares.
6. Toda protesta surgida, estará dirigida en primera instancia al Presidente.
7. El dinero que se someta para cubrir el recurso que se radique dentro de lo expuesto
en este artículo no será devuelto bajo circunstancia alguna.