Regl. 1369, art. 24-3 dup11
Todo contratista que vaya a realizar una construcción, donde
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Cite as Reglamento Núm. 1369, Art. 24-3 dup11
eventualmente se vaya a usar dinamita u otra clase de sustancia que pueda
utilizarse para fabricar explosivos O para fragmentar piedras y llevar a cabo
otros trabajos en la carretera, publicará instrucciones, bien sea por medio de
hojas sueltas ilustradas u otro tipo de comunicación, con el propósito de
familiarizar a los que viven en los alrededores con las medidas de seguridad
a tomar, las señales y los avisos de fuego para que éstos obedezcan las mismas
cuando se proceda a explotar dinamita.
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