Regl. 9559, art. 1 dup5
Solicitud de Arrendamiento
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Cite as Reglamento Núm. 9559, Art. 1 dup5
A. Toda persona, natural o jurídica, o Entidad Gubernamental que interese arrendar
un bien inmueble de la Autoridad deberá completar en todas sus partes y
presentar en la Oficina de Bienes Raíces de la Autoridad en un sobre sellado la
Solicitud de Arrendamiento y pagar el cargo administrativo a la Autoridad. El cargo
administrativo no será reembolsable y no será aplicado al arrendamiento. Las
Entidades Gubernamentales estarán exentas del pago del cargo administrativo.
El Peticionario deberá utilizar el formulario de Solicitud de Arrendamiento provisto
por la Autoridad. El Peticionario deberá presentar una Solicitud de Arrendamiento
por cada bien inmueble de la Autoridad que interese arrendar. La Autoridad le
proveerá al Peticionario un recibo confirmando que ha recibido la Solicitud de
Arrendamiento.
B. Una vez completada la Solicitud de Arrendamiento, esta, junto a la documentación
requerida, podrá ser presentada personalmente en la Oficina de Bienes Raíces.
La Oficina de Bienes Raíces no aceptará, ni evaluará Solicitudes de
Arrendamiento con información o documentación incompleta. Cualquier Solicitud
de Arrendamiento incompleta se tendrá por no presentada y será devuelta al
Peticionario.
C. La Oficina de Bienes Raíces podrá requerir del Peticionario documentos e
información adicional necesaria para la evaluación de su Solicitud de
Arrendamiento. En caso de que un Peticionario sea empleado de una Entidad
Gubernamental, deberá presentar junto a la Solicitud de Arrendamiento la
dispensa requerida de conformidad con la Ley de Ética Gubernamental vigente.
D. La Solicitud de Arrendamiento deberá contener la siguiente información:
1. Nombre con dos apellidos, razón social o nombre corporativo;
2. Cualquier otro nombre o seudónimo;
3. Dirección residencial y física; dirección postal; y dirección de correo
electrónico;
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4. Estado civil del Peticionario;
5. Si es casado, deberá incluir el nombre y dos apellidos del cónyuge;
6. Teléfono;
7. Número de seguro social personal O patronal;
8. Número de licencia de conducir;
9. Descripción del bien inmueble que desea arrendar;
10. Término propuesto para el arrendamiento y canon de arrendamiento. En el
caso del canon y término de arrendamiento de una entidad gubernamental
y una entidad sin fines de lucro, se realizará el mismo de conformidad con
el Art. 15 de la Ley 56, supra, y de la política pública establecida por la
Junta de Gobierno de la Autoridad para el año fiscal.
11. Descripción detallada y específica del uso y/o propósito que se propone
darle al bien inmueble y actividades a realizarse;
12. Descripción específica sobre la procedencia de fondos para el uso que
propone darle al bien inmueble que interesa arrendar. Deberá someter
copia de los estados financieros, planillas de los últimos tres (3) años o
acreditar de cualquier otra forma al Comité la capacidad económica
razonable para cumplir con sus obligaciones, incluyendo, pero sin limitarse,
a los costos de mantenimiento, las contribuciones territoriales (CRIM), y los
seguros aplicables. De tratarse de una entidad sin fines de lucro, deberá
someter la certificación de exención contributiva vigente, sea federal O local
o cualquier otra evidencia fehaciente que así lo acredite.
13. Firma del Peticionario o un representante autorizado. En caso de que la
solicitud sea firmada por un representante autorizado, se deberá
acompañar la misma con una resolución corporativa u otro documento que
demuestre la facultad de dicho representante autorizado a comparecer
ante la Autoridad en representación del Peticionario; y
14. Cualquier otra información o documento que a juicio de la AEP sea
necesario para la evaluación de la Solicitud de Arrendamiento.
E. Asimismo, la Solicitud de Arrendamiento deberá estar acompañada de los
siguientes documentos:
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1. Consentimiento de Socios o Resolución Corporativa;
2. Documentos corporativos (artículos de incorporación y estatutos) o
documentos constitutivos de la razón social;
3. Certificado de "Good Standing" del Departamento de Estado de Puerto
Rico;
4. Registro de Comerciante;
5. Desglose de accionistas, socios o integrantes de la entidad;
6. Certificación de presentación de planillas de los últimos tres (3) años y no
deuda del Departamento de Hacienda de Puerto Rico;
7. Certificación de Deuda de Todos los Conceptos del CRIM;
8. Dispensas requeridas por la Ley de Ética Gubernamental y otras leyes, en
caso de que el Proponente sea empleado de una Entidad Gubernamental;
9. Declaración jurada conforme a lo establecido en el Art. 3.3 de la Ley 2-
2018, según enmendada, conocida como Código Anticorrupción para el
Nuevo Puerto Rico;
10. Evidencia de las licencias requeridas para establecer el tipo de negocio o
actividad propuesta en la Solicitud de Arrendamiento;