Regl. 4106, art. 7 dup3
Ascensos, Traslados y Descensos
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Cite as Reglamento Núm. 4106, Art. 7 dup3
Con el proposito de lograr la efectiva utilización de los recursos humanos, la
autoridad nominadora podrá ascender, trasladar O descender a sus empleados de un
puesto a otro dentro del servicio de confianza.
Estas acciones podrán efectuarse en la misma agencia, entre agencias comprendidas en la Administración Central, y entre agencias de la Administración
Central y Administradores Individuales O viceversa.