Regl. 9561, art. 14-12

- FIJACIÓN DE CARGOS Y CONTABILIZACIÓN DE FONDOS

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Cite as Reglamento Núm. 9561, Art. 14-12

La CAM podrá establecer, de entenderlo necesario, precios, tarifas, cargos o derechos que servirán de base para solventar los costos y operaciones de los Programas Músico-Sociales, los cuales se determinarán, mediante Orden Administrativa. La Oficina de Finanzas será responsable de contabilizar los ingresos y desembolsos y realizar la función de cobro, de establecerse algún precio, cargo, tarifa o derecho a los Programas Músico-Sociales.
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