Regl. 9562, art. 406 dup2
Retiro de la petición
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Cite as Reglamento Núm. 9562, Art. 406 dup2
Una Petición para la Clarificación de Unidad Apropiada podrá retirarse en
cualquier momento, mediante la notificación del peticionario. Luego de celebrarse
cualquier vista para la discusión de asuntos relacionados con la petición, ésta
podrá retirarse con el consentimiento y bajo los términos que establezca el
Presidente.