Regl. 9562, art. 508 dup2
Enmiendas a la petición
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Cite as Reglamento Núm. 9562, Art. 508 dup2
En caso de enmiendas a la Petición para Investigación y Certificación de
Representante, estas podrán efectuarse en cualquier momento previo a que las
partes suscriban un acuerdo o de que se emita una orden para la celebración de
elecciones.