Regl. 9562, art. 510 dup2
Informe de la División de Investigaciones
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Cite as Reglamento Núm. 9562, Art. 510 dup2
Luego de culminada la investigación de una Petición para Investigación y
Certificación de Representante, la División de Investigaciones emitirá un informe
que incluirá sin limitarse a:
a. Mención en torno a si la petición fue presentada oportunamente.
b. Relación de las alegaciones contenidas en la petición.
C. Controversia de representación presentada.
d. Eventos suscitados durante el curso de la investigación.
e. Discusión y análisis de argumentos presentados por las partes.
f. De haberse celebrado reuniones entre las partes, deberá hacerse referencia
de los asuntos discutidos durante la misma y los acuerdos celebrados por
las partes.
g. Relación de la información y/o documentos producidos durante el curso
de la investigación.
h. Análisis de los hallazgos y aplicación de las disposiciones legales y
reglamentarias.
i. Recomendación.
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Reglamento de la Junta de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico para sus Procedimientos Investigativos
y Adjudicativos
En caso de retiro de la petición, el informe indicará los datos de presentación de la
petición, las circunstancias dentro de las cuales se dio la solicitud de retiro y su
recomendación al respecto.