Regl. 9562, art. 510 dup2

Informe de la División de Investigaciones

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Cite as Reglamento Núm. 9562, Art. 510 dup2

Luego de culminada la investigación de una Petición para Investigación y Certificación de Representante, la División de Investigaciones emitirá un informe que incluirá sin limitarse a: a. Mención en torno a si la petición fue presentada oportunamente. b. Relación de las alegaciones contenidas en la petición. C. Controversia de representación presentada. d. Eventos suscitados durante el curso de la investigación. e. Discusión y análisis de argumentos presentados por las partes. f. De haberse celebrado reuniones entre las partes, deberá hacerse referencia de los asuntos discutidos durante la misma y los acuerdos celebrados por las partes. g. Relación de la información y/o documentos producidos durante el curso de la investigación. h. Análisis de los hallazgos y aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias. i. Recomendación. 31 Reglamento de la Junta de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico para sus Procedimientos Investigativos y Adjudicativos En caso de retiro de la petición, el informe indicará los datos de presentación de la petición, las circunstancias dentro de las cuales se dio la solicitud de retiro y su recomendación al respecto.
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