Regl. 9562, art. 639 dup2
Prohibición de comunicaciones ex-parte
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Cite as Reglamento Núm. 9562, Art. 639 dup2
Ninguna de las partes del procedimiento efectuará comunicaciones Ex-Parte con
el Oficial Examinador sobre los méritos del procedimiento. Tampoco el Oficial
Examinador podrá comunicarse Ex-Parte sobre los méritos del caso con ninguno
de los representantes o partes del procedimiento.