Regl. 9562, art. 645 dup2
Reapertura de una querella o apelación
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Cite as Reglamento Núm. 9562, Art. 645 dup2
Un querellante o apelante podrá solicitar la reapertura de una querella o apelación,
si éste fue cerrado sin perjuicio y no han transcurrido seis (6) meses desde la fecha
de cierre.