Regl. 9562, art. 645 dup2

Reapertura de una querella o apelación

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Cite as Reglamento Núm. 9562, Art. 645 dup2

Un querellante o apelante podrá solicitar la reapertura de una querella o apelación, si éste fue cerrado sin perjuicio y no han transcurrido seis (6) meses desde la fecha de cierre.
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