Regl. 9562, art. 806

Derogación

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Cite as Reglamento Núm. 9562, Art. 806

Por el presente Reglamento queda derogado el Reglamento Núm. 7947, titulado "Reglamento para el Trámite de Investigaciones y Procedimientos Adjudicativos de la Junta de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico", promulgado el 23 de noviembre de 2010, así como cualquier orden administrativa, resolución administrativa, política, manual, carta circular, certificación, reglamento, regla, carta normativa y/ o disposición aplicable que vayan en contra de las disposiciones de este Reglamento. Reglas 807- Vigencia Las disposiciones de este Reglamento entrarán en vigor treinta (30) días después de su presentación en el Departamento de Estado, según establecido por la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico. Aprobado en San Juan, Puerto Rico, a 30 de mayo de 2024. LCDA. NANCY BERRÍOS DÍAZ LCDO. JAN C. BONILLA SILVA Presidenta Miembro Asociado
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