Regl. 9562, art. 806
Derogación
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Cite as Reglamento Núm. 9562, Art. 806
Por el presente Reglamento queda derogado el Reglamento Núm. 7947, titulado
"Reglamento para el Trámite de Investigaciones y Procedimientos Adjudicativos
de la Junta de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico", promulgado el 23 de
noviembre de 2010, así como cualquier orden administrativa, resolución
administrativa, política, manual, carta circular, certificación, reglamento, regla,
carta normativa y/ o disposición aplicable que vayan en contra de las disposiciones
de este Reglamento.
Reglas 807- Vigencia
Las disposiciones de este Reglamento entrarán en vigor treinta (30) días después
de su presentación en el Departamento de Estado, según establecido por la Ley de
Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico.
Aprobado en San Juan, Puerto Rico, a 30 de mayo de 2024.
LCDA. NANCY BERRÍOS DÍAZ
LCDO. JAN C. BONILLA SILVA
Presidenta
Miembro Asociado