Regl. 9567, art. 10 dup2

Requerimiento de Información.

Last amended: 2023Length: 77 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9567, Art. 10 dup2

Las Entidades Gubernamentales deberán someter anualmente a AAFAF, no mas tarde del 30 de septiembre de cada año, un reporte detallando todos los Contratos de Financiamiento vigentes al cierre del 30 de junio de cada año fiscal, incluyendo los contratos exentos de aprobación por la AAFAF de conformidad con el Artículo 4(b) de este Reglamento. La Entidad Gubernamental utilizará el formato titulado Reporte Anual Contratos de Financiamiento de Bienes Muebles y que se adjunta como Anejo 4.
Regl. 9567, art. 10 dup2: Requerimiento de Información. | Justis AI