Regl. 9568, art. VII-4 dup2

USO DE CONFINADOS EN FUNCIONES DE LAS TIENDAS

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Cite as Reglamento Núm. 9568, Art. VII-4 dup2

---3.5.1: Como parte de los esfuerzos de rehabilitación de la población correccional, se podrá reclutar miembros de la población correccional para la operación de las tiendas y comisarias. Ver Contrato. Se utilizarán los servicios de los confinados en funciones relacionadas con compras de artículos para reventa, ventas a confinados y contabilidad de las operaciones de las tiendas y el Programa Agropecuario. 7
Regl. 9568, art. VII-4 dup2: USO DE CONFINADOS EN FUNCIONES DE LAS TIENDAS | Justis AI