Regl. 9568, art. X-2 dup2
SUPERVISION E INFORMES A RENDIRSE
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Cite as Reglamento Núm. 9568, Art. X-2 dup2
A.
El director regional en coordinación con el superintendente y
los supervisores de cuentas de cada región serán
responsables de observar y supervisar que la organización y
funcionamiento de las tiendas y del Programa se lleven
conforme se establece en este Reglamento y en el Manual.
Será deber del director regional preparar un informe con las
observaciones pertinentes al Secretario o su representante
autorizado, según se establece en este Reglamento.
B.
El representante autorizado o supervisor velará por el
cumplimiento de las normas establecidas en este
Reglamento. También asesorará al Secretario y los
funcionarios de la agencia en todos los asuntos relacionados
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con las operaciones y administración de las tiendas y del
Programa.
C.
La Oficina Auxiliar de Gerencia y Administración o la persona
que designe el Administrador evaluará periódicamente los
informes trimestrales y anuales de la tienda y del Programa.
Tomará acción inmediata con los resultados de dichas
evaluaciones y establecerá un plan de acción de dichas
evaluaciones y establecerá un procedimiento de acción
correctiva. Referirá a la Oficina del Inspector General los
informes en que se repitan los hallazgos o que ameriten la
intervención de esta oficina.
D.
La Oficina del Inspector General intervendrá las operaciones
de las tiendas y del Programa, según lo establecido en su
programa de intervención. De los hallazgos en sus
intervenciones, rendirá un informe al Secretario con las
debidas recomendaciones.
E.
Será responsabilidad del supervisor someter los siguientes
informes a la SecretarÃa Auxiliar de Gerencia y
Administración.
1.
Informes Trimestrales
a.
Estado de situación y los estados de ganancias
y pérdidas.
2.
Informe Anual
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a.
Estados financieros del año fiscal.
b. La Secretaria Auxiliar de Gerencia y
Administración o la persona que designe el
Secretario preparará anualmente los Estados
Financieros consolidados de la Tienda y del
Programa y los someterá al Secretario.
C.
Informe escrito donde se describa la situación
de la tienda, las limitaciones
y
recomendaciones para mejorar su
funcionamiento.