Regl. 9570, art. 5
REGLAMENTO CONJUNTO DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR Y EL DEPARTAMENTO DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTALES PARA PROHIBIR LA UTILIZACIÓN Y VENTA DE PLÁSTICOS DE UN SOLO USO
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Cite as Reglamento Núm. 9570, Art. 5
PROPÓSITOS Y ALCANCE
Este Reglamento tiene el propósito de establecer los procedimientos de supervisión y
fiscalización de los Establecimientos Comerciales, según aquí definidos, respecto a la
prohibición del USO de Plásticos de un Solo Uso en sus actividades; así como, de toda
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venta de Plásticos de un Solo Uso en la jurisdicción de Puerto Rico. De igual forma,
desarrollar e implementar estrategias ambientalmente seguras para limitar
totalmente el USO de Plásticos de un Solo Uso y promover la implementación y cabal
cumplimiento con la Ley Núm. 51-2022.