Regl. 9573, art. 2-2.5
- Firmas en Contrato
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Cite as Reglamento Núm. 9573, Art. 2-2.5
La representación de la CAM en transacciones contractuales se hará por aquellos funcionarios
que tengan autoridad en ley o a quienes se les haya delegado tal facultad por autoridad
competente de manera oficial.
En cuanto a la parte contratante, la CAM solicitará una identificación a la persona que firme el
contrato, en representación de la parte contratada. En caso de que se trate de un representante
de una persona jurÃdica, se deberá solicitar el documento acreditativo de que está autorizado a
comparecer en tal capacidad (i.e., certificado de resolución corporativa).
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