Regl. 9573, art. 2-2.5

- Firmas en Contrato

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Cite as Reglamento Núm. 9573, Art. 2-2.5

La representación de la CAM en transacciones contractuales se hará por aquellos funcionarios que tengan autoridad en ley o a quienes se les haya delegado tal facultad por autoridad competente de manera oficial. En cuanto a la parte contratante, la CAM solicitará una identificación a la persona que firme el contrato, en representación de la parte contratada. En caso de que se trate de un representante de una persona jurídica, se deberá solicitar el documento acreditativo de que está autorizado a comparecer en tal capacidad (i.e., certificado de resolución corporativa). ARTAC
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