Regl. 4110, art. XX
BOTULACION
Cite as Reglamento Núm. 4110, Art. XX
La Administración mantendrá en buen estado y en lugares visibles
toda rotulación concerniente al funcionamiento interno del Parque.
Todo visitante deberá seguir las directrices consignadas en dichos
rótulos para garantizar el uso más efectivo del Parque.