Regl. 4110, art. XXIII
PROGRAMA DE ACTIVIDADES Y CALENDARIO
Cite as Reglamento Núm. 4110, Art. XXIII
La Administración, conforme a los planes desarrollados por el
Director de Comunicaciones y/o el Relacionista Público del Fideicomiso,
implementará el Programa de Actividades del Parque y mantendrá un
Calendario de Actividades. Dichos programas y calendario contendrán,
tanto las actividades coordinadas y auspiciadas por el Fideicomiso como
las coordinadas y auspiciadas por entidades públicas y privadas.
ARTICULO RHIV CELEBRACION DE ACTIVIDADES
Las áreas y facilidades del Parque estarán a la disposición, tanto
de entidades públicas como privadas, con 0 sin fines de lucro, para la
celebración de actividades de diversa índole, sujeto a las normas
establecidas en el presente Reglamento.
Para la disponibilidad, uso y disfrute del Pabellón de la Paz,
refiérase a la Parte Sexta (A-M) de este Reglamento.
ARTICULO RRD ABSTENCION DEL PUBLICO
Cuando en alguna área 0 facilidad en particular del Parque se esté
celebrando algún evento 0 actividad privada, debidamente autorizada
por la Administración, el público que se encuentre en el Parque y que no
haya sido invitado a participar de la misma se abstendrá, en lo posible,
de intervenir con dicho evento 0 actividad.
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