Regl. 4110, art. XXIII

PROGRAMA DE ACTIVIDADES Y CALENDARIO

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Cite as Reglamento Núm. 4110, Art. XXIII

La Administración, conforme a los planes desarrollados por el Director de Comunicaciones y/o el Relacionista Público del Fideicomiso, implementará el Programa de Actividades del Parque y mantendrá un Calendario de Actividades. Dichos programas y calendario contendrán, tanto las actividades coordinadas y auspiciadas por el Fideicomiso como las coordinadas y auspiciadas por entidades públicas y privadas. ARTICULO RHIV CELEBRACION DE ACTIVIDADES Las áreas y facilidades del Parque estarán a la disposición, tanto de entidades públicas como privadas, con 0 sin fines de lucro, para la celebración de actividades de diversa índole, sujeto a las normas establecidas en el presente Reglamento. Para la disponibilidad, uso y disfrute del Pabellón de la Paz, refiérase a la Parte Sexta (A-M) de este Reglamento. ARTICULO RRD ABSTENCION DEL PUBLICO Cuando en alguna área 0 facilidad en particular del Parque se esté celebrando algún evento 0 actividad privada, debidamente autorizada por la Administración, el público que se encuentre en el Parque y que no haya sido invitado a participar de la misma se abstendrá, en lo posible, de intervenir con dicho evento 0 actividad. 14
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