Regl. 9576, art. 11 dup2

OBLIGACIÓN DE DIVULGAR INFORMACIÓN A LOS PADRES SOBRE

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Cite as Reglamento Núm. 9576, Art. 11 dup2

LA POLÍTICA INSTITUCIONAL RELATIVA A LOS LIBROS DE TEXTO Y SOBRE ESTE REGLAMENTO (A) Toda escuela deberá divulgar y notificar a los padres y/o personas interesadas en matricular a sus hijos en dicha escuela sobre la política institucional que la propia escuela acoja con referencia a la adopción, cambios y modificaciones de los libros de texto. Además, la escuela deberá tener disponible en la oficina principal de la institución educativa una copia de este reglamento en un área visible y accesible a los padres O encargados. (B) La escuela deberá exponer en un lugar visible, tal como la puerta de entrada, el tablón de edictos, O el área de recepción de la escuela un rótulo que contenga la siguiente reseña: "Esta escuela tiene la obligación de informar a los padres los procesos pertinentes a la ventas y distribución de libros de texto a tenor con el Reglamento para la Divulgación de Información en la Venta V Distribución de Libros de Texto del DACO. Copia de este reglamento estará disponible en la oficina principal de la escuela. El incumplimiento con lo dispuesto en dicho reglamento puede conllevar la imposición de multas administrativas a tenor con la Ley Orgánica del DACO." 7 El rótulo aludido deberá tener un tamaño no menor de ocho pulgadas y media (81/2") por once pulgadas (11"); con un tipo de letra no menor de veintidós (22) puntos. Dicho rótulo no debe colocarse más allá de cinco pies (5') de distancia del punto donde el padre, madre, O tutor tendrá acceso visual al mismo. Además, se deberá colocar a una altura entre cinco (5) y seis (6) pies del piso. El material a utilizarse podrá ser plástico, acrílico, O cualquier otro material que no sea susceptible al fácil deterioro. III. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL DISTRIBUIDOR, LIBRERÍA Y/O CASA EDITORA
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