Regl. 4113, art. VIII-8.13 dup2

Revisión del Plan de Retribución

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Cite as Reglamento Núm. 4113, Art. VIII-8.13 dup2

Para que la Comisión pueda competir efectivamente en el mercado de empleo por el personal más idóneo y para que a su vez pueda mantener y retener su personal, deberá revisar periódicamente el Plan de Retribución. Podrán programarse revisiones al Plan para atemperar el mismo a los aumentos en el costo de la vida.
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