Regl. 9594, art. 16 dup2

FACULTAD DE INVESTIGAR Y PROCESAR VIOLACIONES

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Cite as Reglamento Núm. 9594, Art. 16 dup2

El Procurador del Veterano estará autorizado a poner en vigor las disposiciones de este Reglamento, esto es, para investigar, instrumentar y procesar las infracciones a las disposiciones del mismo, pudiendo, incluso, representar en los tribunales de justicia de Puerto Rico a los veteranos (as) perjudicados por las violaciones del mismo.
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