Regl. 9594, art. 16 dup2
FACULTAD DE INVESTIGAR Y PROCESAR VIOLACIONES
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Cite as Reglamento Núm. 9594, Art. 16 dup2
El Procurador del Veterano estará autorizado a poner en vigor las disposiciones de
este Reglamento, esto es, para investigar, instrumentar y procesar las infracciones a
las disposiciones del mismo, pudiendo, incluso, representar en los tribunales de
justicia de Puerto Rico a los veteranos (as) perjudicados por las violaciones del
mismo.