Regl. 9595, art. 14-18

DIRECTORIO DE COORDINADORES

Length: 83 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9595, Art. 14-18

La Oficina preparará y mantendrá un Directorio de Coordinadores Agenciales y Coordinadores Auxiliares el cual incluirá sus nombres, las direcciones físicas y postales de las agencias, el número de teléfono, facsímil y el correo electrónico de 19 dicho funcionario. Copia del directorio estará disponible en la Sede Central de la Oficina. El mismo podrá colocarse en la página de Internet de la Oficina. El Directorio deberá mantenerse actualizado conforme vayan ocurriendo cambios de los funcionarios que ocupen tales posiciones en las distintas agencias.
Regl. 9595, art. 14-18: DIRECTORIO DE COORDINADORES | Justis AI