Regl. 4113, art. VIII-8.6
Clasificación
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Cite as Reglamento Núm. 4113, Art. VIII-8.6
El Director Ejecutivo clasificará los puestos de nueva creación autorizados dentro de una de las clases comprendidas en el Plan de Clasificación,
conforme a las normas y criterios que se establezcan a estos efectos. Bajo
ninguna circunstancia podrá persona alguna recibir nombramiento en un puesto
que no haya sido clasificado previamente.
El Oficial Administrativo utilizará los procedimientos y documentos
requeridos en el trámite de la clasificación de los puestos tomando en consideración las disposiciones y/o procedimientos establecidos por la Oficina de
Presupuesto. De igual forma, utilizará los procedimientos y documentos
requeridos en el trámite e implantación de la reclasificación de los puestos.