Regl. 9596, art. 7-15
CRITERIOS DE SELECCIÓN DE BECARIOS (AS)
Length: 700 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9596, Art. 7-15
El Comité de Becas llevará a cabo las investigaciones que sean necesarias con el fin
de determinar la elegibilidad de los Candidatos(as). La selección de Candidatos(as)
se realizará conforme a los siguientes criterios numéricos:
18
1. Índice Académico General. A nivel subgraduado o graduado se multiplica el
valor de la nota por el número de créditos. El resultado obtenido, que son los
puntos de honor (Honor Points) se divide entre el total de créditos u horas
aprobadas. Los puntos de honor serán computados a base de los siguientes
valores: A=4, B=3, C=2, D=1 y F=0, o su equivalente en centros de enseñanza
donde los valores son: A=6, B=5, C=4, D=3, F=2, u otros valores. Estas
equivalencias se aplicarán, de ser necesario, en aquellos casos en que la
institución educativa no incluya en la Transcripción Oficial o certificación de
notas, el promedio numérico del Solicitante y sea necesario calcular el mismo.
La puntuación basada en el Índice Académico General del Solicitante se
asignará conforme a la siguiente tabla:
A. Índice Académico General
Puntuación 6-30
4.00 3.91
30
3.90 3.81
28
3.80 3.71
26
3.70 3.61
24
3.60 3.51
22
3.50 3.41
20
3.40 3.31
18
3.30 3.21
16
3.20 3.11
14
3.10 3.01
12
3.00 2.91
10
2.90 2.81
9
2.80 271
8
2.70 2.61
7
2.60 2.51
6
2.50
5
2. Ingreso Familiar. Este se determinará tomando la información de la Planilla de
Contribución Sobre Ingresos, declaraciones juradas y otros documentos que a
esos fines utilice la Oficina.
19
La puntuación basada en el Ingreso Familiar del Solicitante se asignará
conforme a la siguiente tabla:
B. Ingreso Familiar
Puntuación - 30
$ 0 15,000
30
15,001 - 20,000
25
20,001 - 25,000
20
25,001 - 30,000
15
30,001 - 35,000
12
35,001 - 40,000
9
40,001 - 46,000
6
46,001 o más
5
3. Composición del Núcleo Familiar.
La puntuación basada en la Composición del Núcleo Familiar del Solicitante se
asignará conforme a la siguiente tabla:
C. Núcleo Familiar
Puntuación 5 -25
Esposo Esposa - Hijos (as)
"
"
5 O más
25
"
"
4
20
"
"
3
15
"
" 2
10
"
" 1
5
4. Nivel de Estudios:
La puntuación basada en el Nivel de Estudio para el cual aplicó el Solicitante se
asignará conforme a la siguiente tabla:
20
D. Nivel de Estudios
Puntuación 13 15
1. Bachillerato
15
2. Maestría y Derecho
14
3. Doctorados
13
El Comité de Becas sumará las puntuaciones de cada criterio obtenidas por el
Solicitante. Una vez determinadas las puntuaciones obtenidas por todos los
Solicitantes, el Comité de Becas preparará un listado, en orden numérico
descendiente, que contenga las puntuaciones obtenidas por cada uno de los
Solicitantes.
A continuación las normas que regirán la distribución:
A. Aquellos Solicitantes que obtengan un total de (100) puntos en la
sumatoria de los criterios numéricos, se recomendará la concesión de una Beca de
cinco mil dólares ($5,000.00).
B. Aquellos Solicitantes que obtengan un total de entre 98 a 99 puntos en
la sumatoria de los criterios numéricos, se recomendará la concesión de una Beca de
cuatro mil dólares ($4,000.00).
C. Aquellos Solicitantes que obtengan un total de entre 96 a 97 puntos en
la sumatoria de los criterios numéricos, se recomendará la concesión de una Beca de
tres mil dólares ($3,000.00).
D. Aquellos Solicitantes que obtengan un total de 95 puntos en la sumatoria
de los criterios numéricos se recomendará la concesión de una Beca de dos mil
dólares ($2,000.00).
E. El remanente en el Fondo de Becas que no haya sido utilizado en la
recomendación de adjudicación de las Becas, según provisto en los párrafos A al D
anteriores, se dividirá en partes iguales entre el número total de Solicitantes que
hayan obtenido 94 puntos o menos en la sumatoria de los criterios numéricos.
Posterior a la realización del proceso antes mencionado, el Comité de Becas
presentará al Procurador del Veterano un listado de las Becas adjudicadas.
El Procurador notificará por escrito a los Solicitantes respecto a la decisión del Comité
de Becas. En caso de no estar de acuerdo con la determinación del Comité, el
Solicitante podrá utilizar los procesos establecidos en el Artículo 24 del presente
Reglamento.
21