Regl. 9599, art. 10 dup2

FORMA DE PRESENTACIÓN Y TRÁMITE

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Cite as Reglamento Núm. 9599, Art. 10 dup2

Una solicitud de Servicios podrá ser presentada(o) en la Oficina personalmente o mediante comunicación escrita, telefónica, vía facsímile, por correo postal o electrónico y/o por cualquier otro medio y/o formulario preparado a tales efectos, ya sea por un Peticionario(a) o por iniciativa propia de la Oficina y/o cualquiera de sus Funcionarios(as) Autorizados(as). El Peticionario(a) deberá presentar con su solicitud de Servicios, toda la información y/o evidencia relevante que tenga disponible respecto al asunto planteado. El Peticionario(a) deberá presentar a la Oficina una sucinta relación de hechos en los cuales se basa su solicitud de Servicios, con una referencia a cualquier disposición legal que el Peticionario(a) invoque, si alguna, como parte de la misma. El Peticionario(a) deberá entregar copia de la evidencia de servicio militar o que lo acredite como veterano(a) tales como el certificado de licenciamiento o separación bajo condiciones honorables (Forma DD-214) O la NGB-22; una certificación expedida por la DVA o autoridad federal correspondiente o cualquier otro documento que el Procurador acepte como tal; así como cualquier otra documentación que a juicio de la Oficina, sea suficiente en derecho, para acreditar el estatus de un determinado Peticionario(a) como persona con un derecho reconocido al amparo de la Ley 203- 18 2007, según enmendada y/o cualquiera de las otra disposición legal cuya fiscalización corresponda a la Oficina. Todo Funcionario(a) Autorizado(a) de la Oficina que atienda a un Peticionario(a) que solicite Servicio(s) por parte de la Oficina, deberá levantar y cumplimentar un Planteamiento individual por cada Servicio que esté requiriendo dicho(a) Peticionario(a) a la Oficina.
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