Regl. 9599, art. 10 dup2
FORMA DE PRESENTACIÓN Y TRÁMITE
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Cite as Reglamento Núm. 9599, Art. 10 dup2
Una solicitud de Servicios podrá ser presentada(o) en la Oficina personalmente o
mediante comunicación escrita, telefónica, vía facsímile, por correo postal o
electrónico y/o por cualquier otro medio y/o formulario preparado a tales efectos, ya
sea por un Peticionario(a) o por iniciativa propia de la Oficina y/o cualquiera de sus
Funcionarios(as) Autorizados(as).
El Peticionario(a) deberá presentar con su solicitud de Servicios, toda la información
y/o evidencia relevante que tenga disponible respecto al asunto planteado. El
Peticionario(a) deberá presentar a la Oficina una sucinta relación de hechos en los
cuales se basa su solicitud de Servicios, con una referencia a cualquier disposición
legal que el Peticionario(a) invoque, si alguna, como parte de la misma.
El Peticionario(a) deberá entregar copia de la evidencia de servicio militar o que lo
acredite como veterano(a) tales como el certificado de licenciamiento o separación
bajo condiciones honorables (Forma DD-214) O la NGB-22; una certificación expedida
por la DVA o autoridad federal correspondiente o cualquier otro documento que el
Procurador acepte como tal; así como cualquier otra documentación que a juicio de
la Oficina, sea suficiente en derecho, para acreditar el estatus de un determinado
Peticionario(a) como persona con un derecho reconocido al amparo de la Ley 203-
18
2007, según enmendada y/o cualquiera de las otra disposición legal cuya fiscalización
corresponda a la Oficina.
Todo Funcionario(a) Autorizado(a) de la Oficina que atienda a un Peticionario(a) que
solicite Servicio(s) por parte de la Oficina, deberá levantar y cumplimentar un
Planteamiento individual por cada Servicio que esté requiriendo dicho(a)
Peticionario(a) a la Oficina.