Regl. 9599, art. 6

AUTORIDAD LEGAL

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Cite as Reglamento Núm. 9599, Art. 6

Este Reglamento se adopta y promulga en virtud de las disposiciones de la Ley Núm. 79-2013, según enmendada, mejor conocida como "Ley del Procurador del Veterano del Estado Libre Asociado de Puerto Rico", a tenor con las disposiciones de la Ley Núm. 38 del 30 de junio de 2017, según enmendada, conocida como la "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico" para el cumplimiento de las funciones y deberes establecidos en las leyes y reglamentos aplicables a la Oficina del Procurador del Veterano, entre otras, el Artículo 9 de la Ley 203-2007, el Artículo 9 de la Ley 218-2003, según enmendada por la Ley 36-2009 y la Ley 26-2010.
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