Regl. 4113, art. VI-6.5 dup2
Cambios de CategorÃa de un Puesto de Carrera a uno de Confianza
Length: 178 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 4113, Art. VI-6.5 dup2
El cambio de categorÃa de un puesto de carrera a un puesto de confianza
únicamente se autorizará cuando el puesto esté vacante, a menos que estando
ocupado, su incumbente lo consciente expresamente. El consentimiento deberá
ser por escrito, certificando que se conoce y comprende la naturaleza del
puesto de confianza, particularmente en lo que concierne a nombramiento y
remoción.
Se autorizará el cambio de categorÃa de un puesto de confianza a un
puesto de carrera cuando ocurra un cambio en las funciones del puesto O en
la estructura organizativa de la agencia que lo justifique. De no estar
vacante el puesto, el cambio de categorÃa sólo podrá efectuarse si el
incumbente puede ocuparlo bajo las siguientes condiciones:
1. Que reúna los requisitos establecidos para la clase de puesto.
2. Que haya ocupado el puesto por un perÃodo de tiempo no menos que
el correspondiente al perÃodo probatorio para la clase de puesto.
3. Que apruebe O haya aprobado el examen establecido para la clase de
puesto.
4. Que la autoridad nominadora certifique que sus servicios han sido
satisfactorios.