Regl. 9605, art. II

BASE LEGAL

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Cite as Reglamento Núm. 9605, Art. II

Este Reglamento se promulga de conformidad con los poderes conferidos a la Junta de Gobierno y al Administrador de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, mediante los Artículos (11 L.P.R.A. § 1b-3) y (11 L.P.R.A. § 1b-4) de la Ley 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, conocida como "Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo". Estas disposiciones facultan al Administrador a adoptar las normas y procedimientos necesarios para regular una operación eficiente. Además de la Ley 38 de 30 de junio de 2017, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico".
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