Regl. 9607, art. V
Definiciones
Length: 226 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9607, Art. V
Los siguientes términos o frases, según se utilizan en este Reglamento, tendrán los significados
que se indican a continuación:
a. Administración o "ASG" Administración de Servicios Generales.
b. Administradora Administradora de la Administración de Servicios Generales.
c. Academia Academia de Adiestramiento y Educación Continua de la Administración de
Servicios Generales.
d. Curso Un programa de educación o formación diseñado para impartir un conjunto
específico de conocimientos, destrezas, habilidades o competencias a los participantes.
Esto puede incluir una variedad de formatos como cursos tradicionales, talleres,
seminarios, adiestramientos, y otros métodos de enseñanza, ya sea en persona o en línea,
de forma síncrona o asíncrona. Además, estos programas pueden utilizar diversas técnicas
de enseñanza y evaluación.
e. Director El Subadministrador de la Administración de Servicios Generales o en quien
este delegue su facultad.
3
f. Oferta Académica Conjunto de cursos permanentes y especiales que ofrece la Academia.
g. Recurso educativo - profesor, tutor o experto en un área designado para la enseñanza de
un curso, material didáctico, tecnología educativa, recursos en línea, actividades, recursos
audiovisuales o cualesquiera que sirvan al propósito de la enseñanza de un curso.
h. Semestre - Período de tiempo en el calendario académico durante el cual se programan y
ofrecen cursos específicos. Este período se anuncia con anticipación y tiene una duración
fija, durante la cual los participantes pueden inscribirse en los cursos correspondientes.