Regl. 9607, art. VI

Facultades y Deberes de la Academia de Adiestramiento y Educación

Length: 520 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9607, Art. VI

Continua La Academia de Adiestramiento y Educación Continua de la Administración de Servicios Generales tendrá las siguientes facultades y obligaciones: a. Proporcionar un programa curricular amplio, accesible y completo que fomente la formación profesional y continua de todos los funcionarios de la ASG, en cumplimiento con la Ley 73, así como cualquier legislación pertinente y regulaciones aplicables. b. Asegurar la disponibilidad de una oferta académica que capacite a los profesionales responsables y a quienes participen directa o indirectamente en los procedimientos de compras de bienes y servicios del Gobierno de Puerto Rico. Esto les permitirá desempeñar sus funciones de acuerdo con las leyes y regulaciones vigentes. c. Ofrecer un programa de formación a través de adiestramientos destinados a abordar los aspectos sustantivos, procesales y generales de la Ley Núm. 73, así como cualquier legislación relevante que afecte las funciones de la ASG y las regulaciones aplicables. d. Promover cuestiones de política pública, prioridades programáticas y estratégicas que sean esenciales para avanzar en los objetivos de la Ley 73 y garantizar los servicios proporcionados por la ASG. e. Operar según un plan de trabajo y un programa académico semestral que incluya la programación de cursos. f. Ofrecer una variedad de metodologías y vías de acceso en los procesos educativos para satisfacer las necesidades y condiciones de los funcionarios y garantizar la accesibilidad a los procesos educativos. g. Identificar las necesidades de formación y educación continua de los funcionarios de la ASG y desarrollar los programas necesarios para abordarlas. h. Establecer programas de tutorías, prácticas o formación inicial para los funcionarios de nuevo nombramiento. i. Fomentar la educación a distancia a través del diseño de cursos virtuales, el uso de videoconferencias y "webinars", y la adopción de recursos educativos tecnológicos beneficiosos para todos los funcionarios. 4 j. Impartir adiestramientos que promuevan la formación académica y práctica sobre legislación relacionada con la ética gubernamental, principios éticos y una administración sólida de los recursos públicos en los procesos de compra. k. Desarrollar materiales educativos que respalden las funciones de los empleados de la ASG y estén disponibles para la comunidad en general. 1. Servir como un brazo de apoyo educativo y un enlace con las distintas oficinas de la ASG. m. Establecer acuerdos de colaboración y convenios con entidades gubernamentales de Puerto Rico, centros educativos, organizaciones, asociaciones y universidades estatales, nacionales e internacionales. n. Establecer acuerdos colaborativos con municipios, consorcios y corporaciones municipales. O. Investigar, promover e informar a los funcionarios y empleados de la ASG sobre programas educativos y cursos en otras jurisdicciones. p. Mantener un catálogo académico que incluya la oferta permanente y especializada de la Academia. El catálogo deberá proporcionar información relevante, como el nombre del curso, taller o adiestramiento, una breve descripción y el número de créditos correspondientes. q. Crear un catálogo de recursos que incluya tanto los recursos internos como los externos disponibles para la oferta de cursos, adiestramientos y talleres. r. Establecer sistemas de evaluación de los recursos académicos y los participantes. S. Cumplir con cualquier otra encomienda necesaria para avanzar en los objetivos de la citada Ley 73 que esté alineada con los propósitos de este Reglamento.
Regl. 9607, art. VI: Facultades y Deberes de la Academia de Adiestramiento y Educación | Justis AI