Regl. 9607, art. XII

Consejo Asesor

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Cite as Reglamento Núm. 9607, Art. XII

La Administradora nombrará, a su entera discreción, un Consejo Asesor que estará a cargo de recomendar al Director la oferta académica, identificar recursos educativos dentro y fuera de Puerto Rico, establecer las prioridades en términos de políticas públicas y temas que deben ofrecerse en la Academia, revisar la oferta de la Academia, así como cualquier otro asunto encomendado por la Administradora. La Administradora establecerá la composición del Consejo Asesor y fijará el tiempo en que sus integrantes ejercerán sus funciones colaborativas. Este Consejo Asesor podrá estar integrado por funcionarios de la ASG, exservidores públicos, asesores externos, e integrantes de las universidades en y fuera de Puerto Rico que a juicio de la 8 Administradora cuenten con la experiencia, la preparación académica y un notorio reconocimiento a su trayectoria profesional. El Director de la academia será miembro del Consejo Asesor.
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