Regl. 9607, art. XIII dup2
Participación del sector privado y funcionarios de otras jurisdicciones en los
Length: 93 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9607, Art. XIII dup2
procesos de educación continua
A fin de asegurar que el fiel cumplimiento con las disposiciones que rigen el Registro Único de
Licitadores (RUL) y el Registro Único de Proveedores (RUP), la Administradora podrá firmar
acuerdos o convenios con colegios profesionales, organizaciones y asociaciones del sector privado
para su participación en la Academia en aquellos cursos o seminarios que resulten relevantes al
amparo de la Ley Núm. 73 y sus reglamentos.
De igual manera, la Administradora podrá viabilizar la participación de funcionarios de otras
jurisdicciones a través de aquellos acuerdos que se estimen necesarios.