Regl. 9609, art. 1.4
Jurisdicción y alcance
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Cite as Reglamento Núm. 9609, Art. 1.4
Las disposiciones de este Reglamento aplicarán a todos los procesos relacionados a la
administración y el uso del Fondo para el Mejoramiento del Distrito del Centro de Convenciones
de Puerto Rico. Aplicarán, además, a todo empleado y funcionario de la Autoridad del Distrito
del Centro de Convenciones, miembros de la Junta de Gobierno y a toda persona natural o jurÃdica
que solicite asistencia financiera del Fondo para desarrollar Proyectos de Mejoramiento en el
Distrito del Centro de Convenciones.
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Este Reglamento deroga cualquier versión anterior del mismo y cualquier reglamento,
norma, orden administrativa o carta circular incompatible con éste, especÃficamente, el
Reglamento 9258 del 4 de diciembre de 2020, Reglamento para la Administración del Fondo para
el Mejoramiento del Distrito del Centro de Convenciones.