Regl. 9609, art. 2.1

Administración del Fondo

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Cite as Reglamento Núm. 9609, Art. 2.1

De conformidad con las disposiciones del inciso "dd" de la Ley 351-2000, compete a la Junta de Gobierno aprobar los financiamientos de Proyectos de Mejoras bajo el Fondo. Page Los procedimientos de administración de los Proyectos de Mejoramiento bajo las disposiciones del Fondo competerán al Director Ejecutivo de la Autoridad. Estas funciones incluirán, pero no estarán limitadas a las expresadas en los Artículos siguientes.
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