Regl. 9613, art. 28 dup2

VIGENCIA

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Cite as Reglamento Núm. 9613, Art. 28 dup2

Este Reglamento entrará en vigor a los treinta (30) días después de su presentación en el Departamento de Estado y aplicará a todos los procedimientos de adquisición que sean iniciados después de su vigencia. Aprobado en San Juan, Puerto Rico, el 25 de OCTUBRE de 2024. Karen A. Correa Pomales Ing. Eileen M. Vélez Vega Presidenta y Gerente General Secretaria Autoridad Metropolitana de Autobuses Departamento de Transportación y Obras Públicas TORIDAD ME AUTORIA TROPOLITANA AA CBUSES AUTOBITS AUTOS DE
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