Regl. 9614, art. 3.04
NOTIFICACIÓN DE VISTAS Y CITACIÓN DE PARTE
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Cite as Reglamento Núm. 9614, Art. 3.04
La notificación del señalamiento de las vistas se hará por escrito a la parte apelante,
a su tutor y su representante legal, si los tuviere, y a la parte apelada. Dicha
notificación se hará mediante correo electrónico o correo postal a la dirección que
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las partes hayan informado.
La notificación deberá contener la siguiente información:
1. Fecha y hora en que se celebrará la vista.
2. Si la vista será por videoconferencia, se deberá informar sobre el enlace y la
conexión. Si la vista será presencial se deberá informar el lugar de esta.
3. Naturaleza y propósito.
4. Advertencia de que las partes podrán comparecer por derecho propio O con
representante legal.
5. Cita de la disposición legal o reglamentaria que autoriza la celebración de la
vista.
6. Apercibimiento de las medidas que se podrán tomar si una parte no
comparece a la vista.
7. Advertencia de que la vista no podrá ser suspendida.
8. Aviso de la disponibilidad de estas Reglas y de las GuÃas de celebración de
vistas mediante videoconferencia en el portal en lÃnea de la Junta de Retiro.