Regl. 9614, art. 3.04

NOTIFICACIÓN DE VISTAS Y CITACIÓN DE PARTE

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Cite as Reglamento Núm. 9614, Art. 3.04

La notificación del señalamiento de las vistas se hará por escrito a la parte apelante, a su tutor y su representante legal, si los tuviere, y a la parte apelada. Dicha notificación se hará mediante correo electrónico o correo postal a la dirección que 20 las partes hayan informado. La notificación deberá contener la siguiente información: 1. Fecha y hora en que se celebrará la vista. 2. Si la vista será por videoconferencia, se deberá informar sobre el enlace y la conexión. Si la vista será presencial se deberá informar el lugar de esta. 3. Naturaleza y propósito. 4. Advertencia de que las partes podrán comparecer por derecho propio O con representante legal. 5. Cita de la disposición legal o reglamentaria que autoriza la celebración de la vista. 6. Apercibimiento de las medidas que se podrán tomar si una parte no comparece a la vista. 7. Advertencia de que la vista no podrá ser suspendida. 8. Aviso de la disponibilidad de estas Reglas y de las Guías de celebración de vistas mediante videoconferencia en el portal en línea de la Junta de Retiro.
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