Regl. 9614, art. 5.01
EXPEDIENTE OFICIAL
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Cite as Reglamento Núm. 9614, Art. 5.01
La Oficina de Asuntos Adjudicativos establecerá una unidad para el archivo de
los expedientes oficiales de los casos adjudicativos. Se mantendrá un expediente
de cada procedimiento adjudicativo llevado a cabo. El expediente incluirá, pero
sin limitarse a:
1. Escrito de apelación.
2. Contestación de la parte apelada.
3. Órdenes.
4. Resoluciones.
5. Notificaciones.
6. Citaciones a testigos.
7. Escritos, mociones, alegaciones, peticiones o requerimientos radicados por
las partes.
8. Una relación de todas las materias de las que se tomó conocimiento oficial.
9. Evidencia recibida o considerada.
10. Ofrecimiento de prueba, objeciones y resoluciones sobre las mismas.
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11. Copia del expediente del trámite ante el Director Ejecutivo.
12. Propuestas de determinaciones de hecho y conclusiones de derecho, si
aplica.
13.EI informe preparado por el Oficial Examinador que presidió la vista, junto
con cualquier transcripción de todo o en parte de la vista considerada antes
de la disposición final del procedimiento.
14. Toda resolución, parcial o final, inicial o en reconsideración emitida por la
Junta.
No podrá formar parte del expediente oficial, ningún documento o escrito remitido
o radicado por una persona que no sea parte en el pleito.