Regl. 9615, art. 10-1
Nombramiento y Composición del Comité
Length: 171 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9615, Art. 10-1
El Director Ejecutivo nombrará un Comité para que, en su nombre y representación,
intervenga en todo lo concerniente a la designación administrativa de tutores. El Comité
estará compuesto por siete (6) empleados o funcionarios de la Junta de Retiro, tres (3) de los cuales
serán nombrados en propiedad y tres (3) serán suplentes. El Director Ejecutivo nombrará a uno de
los miembros en propiedad como Presidente del Comité. Todo caso de tutorÃa deberá ser aprobado
por lo menos por dos (2) de los tres (3) miembros del Comité que celebren la Vista.
Además, el Director Ejecutivo podrá designar a un abogado, externo o interno, como Consultor
Legal para asistirle y asistir al Comité en asuntos relacionados a los expedientes de tutela. El
Consultor Legal participará de las Vistas Administrativas que celebre el Comité, considerándose,
excepcionalmente, como miembro ad hoc del Comité cuando al momento de la celebración de una
Vista debidamente citada no esté constituido el Comité por sus tres miembros y ninguno de los
suplentes esté disponible para integrarse.
9