Regl. 9615, art. 10-2
Funciones, Deberes y Responsabilidades del Comité
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Cite as Reglamento Núm. 9615, Art. 10-2
El Comité tendrá las siguientes funciones, deberes y responsabilidades:
A. Evaluará las peticiones de tutoría y someterá sus recomendaciones al Director Ejecutivo
para su aprobación;
B. Tramitará remoción de tutores de conformidad con el procedimiento establecido en el
Artículo 22 de este Reglamento y someterá sus recomendaciones al Director Ejecutivo;
C. Celebrará Vistas Administrativas para la evaluación y selección de tutores el primer y
tercer miércoles de cada mes, y si estimara necesario, podrá celebrar Vistas adicionales
según la necesidad;
D. Celebrará reuniones y/o sesiones administrativas que sean necesarias para la discusión
interna de sus trabajos;
E. Cuando un miembro del Comité entienda que existe algún conflicto de interés en el caso
sometido a la consideración del Comité o con cualesquiera de las partes involucradas en
éste, deberá, de inmediato, notificarlo por escrito a sus compañeros miembros y al Director
Ejecutivo, e inhibirse de su consideración y solicitar su sustitución por otro de los
miembros del Comité;
F. El Comité tendrá facultad para expedir citaciones, investigar y hacer el requerimiento de
documentos pertinentes sobre la tutoría que evalúa;
G. Atenderá cualquier consulta que le presente el Área de Tutela sobre un nombramiento a
realizase o sobre alguna designación de tutor otorgada;
H. Levantará un acta de cada Vista o sesión de trabajo en la que hará constar los nombres de
los pensionados bajo tutela y sus respectivos tutores, el número de casos tramitados en cada
sesión, las sugerencias específicas para cada caso de
ser esto necesario, e informará al Director Ejecutivo de cualquier otro pormenor o incidente
que se considere necesario hacer llegar a su conocimiento;
I. El Comité plasmará por escrito los procedimientos internos para el trámite de
las tutorías, citaciones, visitas, revisiones, manejo y contenido de expedientes,
remoción de tutores, evaluación y recomendaciones de tutorías y cualquier
otro asunto que le fuera encomendado que requiera uniformidad;
J. EL Comité devolverá el expediente al Área de Tutela para darle curso y seguimiento al
trámite que proceda.