Regl. 9615, art. 16-2

Rendición de Informe de Gastos

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Cite as Reglamento Núm. 9615, Art. 16-2

Todo tutor presentará anualmente al Director Ejecutivo, por conducto de la división correspondiente y/o del personal por éste designado, un Informe de Gastos, acompañado de la evidencia documental suplementaria que se le solicite, la cual incluirá, pero sin limitarse, estados bancarios correspondiente al año calendario que se rinde, evidencia de facturas comerciales, recibos o certificaciones de pago, entre otros. Para efectos de la rendición de informe, se considerará año calendario desde el 1ro de enero al 31 de diciembre de cada año. El tutor presentará el Informe de Gastos y la evidencia documental suplementaria requerida cada mes de enero, específicamente en o antes del 31 de enero de cada año. El Informe de Gastos a rendirse cada mes de enero se referirá a la utilización por parte del tutor de los fondos tutelados recibidos durante y hasta el cierre del año calendario anterior (1ro de enero hasta 31 de diciembre). A tales efectos, el tutor recibirá una comunicación de la Junta de Retiro notificándole que dentro del término antes mencionado (en o antes del 31 de enero de cada año), deberá completar el Informe de Gastos y someter la evidencia suplementaria requerida utilizando la plataforma digital de la Junta de Retiro designada para ello. En caso de que el tutor le sea imposible acceder electrónicamente a la plataforma digital para cumplir con su responsabilidad, podrá personarse al Área de Tutelas con todos los documentos relacionados al Informe de Gastos donde el personal le asistirá con el equipo y el apoyo necesario para que pueda cumplir con la rendición de cuentas requerida. El Director Ejecutivo o su representante, se reservan el derecho de solicitar cualquier información adicional que entienda pertinente a los fines de fiscalizar adecuadamente el uso de los fondos desembolsados del pensionado o beneficiario. Cuando así lo estime necesario, el Director Ejecutivo, o su representante designado, podrá exigir que el tutor rinda cuentas más de una vez al año.
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