Regl. 9615, art. 16-5
Retención de Pagos por uso no autorizado o mal uso de fondos
Length: 151 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9615, Art. 16-5
Si la auditorÃa refleja que el tutor pudo haber incurrido en uso no autorizado o pudo haber incurrido
en mal uso del dinero recibido, el personal informará inmediatamente el asunto al Comité de
Tutelas, el cual podrá recomendar al Director Ejecutivo que proceda a emitir una orden de
retención del pago del beneficio o pensión y una orden al tutor para que en el término de quince
(15) dÃas comparezca ante el Comité de Tutelas y muestre causa por la cual no deba ser removido
de la tutorÃa. El Director Ejecutivo ordenará que se notifiquen las órdenes al tutor y al tutelado, y
referirá el asunto al Comité de Tutela para los trámites de remoción del tutor.
Simultáneamente, la Junta de Retiro podrá iniciar cualquier acción administrativa y/o judicial
correspondiente para el cobro del dinero y/o hará las gestiones necesarias para que se inicie la
acción criminal que proceda, si alguna.