Regl. 9615, art. 29
COMPLEMENTACIÓN E INTERPRETACIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 9615, Art. 29
Este Reglamento será complementado e interpretado de conformidad con lo dispuesto en la Ley
Núm. 106 de 23 de agosto de 2017, según enmendada; en la Ley Núm. 447 del 15 de mayo de
1951, según enmendada; en la Ley Núm. 12 del 19 de octubre de 1954, según enmendada, conocida
como Ley del Sistema de Retiro de la Judicatura de Puerto Rico; en la Ley Núm. 160 del 24 de
diciembre de 2013, según enmendada, en la Ley Núm. 38 de 30 de junio de 2017, según
enmendada; y con el Código Civil de Puerto Rico. Asimismo, se complementará, en lo que sea
aplicable, con lo establecido en cualquier otro reglamento vigente en la Junta de Retiro del
Gobierno de Puerto Rico.