Regl. 9615, art. 30
VIGENCIA
Length: 77 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9615, Art. 30
Este Reglamento entrará en vigor luego de su radicación y promulgación en el
Departamento de Estado de Puerto Rico de conformidad con la legislación aplicable.
Aprobado por la Junta de Retiro del Gobierno de Puerto Rico el 12 de julio de 2024 en San Juan,
Puerto Rico.
Luil Lcdo. Luis Roberto Rivera Cruz
Rivera
Lcda. Raquel Sosa Gierbolini
Presidente Designado
Secretaria
Lcdo. Luis M. Collazo RodrÃguez
Director Ejecutivo
IUNTADE RETIRO
RETIRO
JR
GOBIERNO
DE
25
1
-