Regl. 9617, art. 7-6

- Vigencia

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Cite as Reglamento Núm. 9617, Art. 7-6

Esta enmienda al Reglamento General de Funcionamiento Interno y Aplicación Integral y Estratégica de los Deberes y Poderes del Fondo de Innovación para el Desarrollo Agrícola de Puerto Rico (Reglamento Núm. 9244 de 18 de diciembre de 2020) comenzará a regir treinta (30) días después de su radicación en el Departamento de Estado de Puerto Rico, de conformidad con las disposiciones de la Ley 38-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico". En San Juan, Puerto Rico, hoy 26 de abril de 2024 Agro. Ruth L. Pagán Alvarado, PhD. Hon AMD Ramón González Beiró Directora Ejecutiva Secretario Fondo de Innovación para el Desarrollo Agrícola Departamento de Agricultura Aprobado por la Junta de Directores del Fondo de Innovación para el Desarrollo Agrícola, según surge de la Certificación 2024-04, la cual se acompaña. 6
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