Regl. 9617, art. 7-6
- Vigencia
Cite as Reglamento Núm. 9617, Art. 7-6
Esta enmienda al Reglamento General de Funcionamiento Interno y Aplicación Integral y
Estratégica de los Deberes y Poderes del Fondo de Innovación para el Desarrollo Agrícola de
Puerto Rico (Reglamento Núm. 9244 de 18 de diciembre de 2020) comenzará a regir treinta (30)
días después de su radicación en el Departamento de Estado de Puerto Rico, de conformidad con
las disposiciones de la Ley 38-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento
Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico".
En San Juan, Puerto Rico, hoy 26 de abril de 2024
Agro. Ruth L. Pagán Alvarado, PhD.
Hon AMD Ramón González Beiró
Directora Ejecutiva
Secretario
Fondo de Innovación para el Desarrollo Agrícola
Departamento de Agricultura
Aprobado por la Junta de Directores del Fondo de Innovación para el Desarrollo Agrícola, según
surge de la Certificación 2024-04, la cual se acompaña.
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