Regl. 4113, art. XIX-19.3 dup2

Contenido de los Expedientes

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Cite as Reglamento Núm. 4113, Art. XIX-19.3 dup2

1. A todo empleado a quien se le extienda cualquier tipo de nombramiento se le abrirá un expediente en la Oficina de Servicios Administrativos de la Comisión que se identificará con el nombre completo y el número de seguro social. En este expediente se archivará y conservará, entre otros, original de los siguientes documentos, según corresponda: a. Historial Personal b. Examen Médico C. Certificado de Conducta d. Copia auténtica del Certificado de Nacimiento e. Certificaciones de preparación académica y experiencias f. Notificación de Nombramiento y Juramento g. Todo Informe de Cambio en cuanto a status, clasificación, sueldo, etc. h. Evaluaciones sobre el trabajo del empleado -86- i. Documentos que reflejen la concesión de aumentos de sueldo o cualquier otro aspecto relacionado con la retribución j. Cartas de reconocimiento por excelencia en el servicio O mejoras administrativas k. Documentos que reflejen acciones disciplinarias, así como resoluciones del Comité de Participación 1. Certificaciones de servicios prestados al Gobierno m. Cartas de enmiendas a documentos que formen parte del expediente n. Comunicaciones sobre ascensos, traslados y descensos O. Récord de Adiestramientos p. Récords de Licencias q. Documentación relacionada con la participación de empleados en el Sistema de Retiros de los Empleados del Gobierno y sus instrumentalidades r. Record de accidentes por causas ocupacionales S. Autorizaciones de descuento del sueldo para cuotas de asociaciones, obligaciones contraídas con el Sistema de Retiro O la Asociacion de Empleados y otras autorizadas por ley
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