Regl. 4113, art. XI-11.7
Separaciones durante el PerÃodo Probatorio
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Cite as Reglamento Núm. 4113, Art. XI-11.7
Se podrá separar de su puesto a cualquier empleado de carrera durante
el perÃodo probatorio cuando se considere que sus servicios, hábitos O
actitudes no justifican concederle un nombramiento regular. Si la separación
fuera debido a los hábitos y/o actitudes del empleado y/o violaciones graves
establecidas en este Reglamento, se podrá proceder a su separación del
servicio mediante el procedimiento de destitución.